"U. de Chile y proyecto de ley de Ues estatales"

El director del Centro de Estudios Públicos y ex ministro de Educación, Harald Beyer, trató el sábado 19 de agosto la forma de gobierno universitario contenida en el proyecto de ley de universidades estatales. Contrastando el sistema de gobierno de la Universidad de Chile con el del proyecto -que califica de "muy rústico"-, sostuvo que este último no sería incorrecto.

Lo que no considera Beyer -quien de octubre de 2010 a marzo de 2012 representó al Presidente Sebastián Piñera en nuestro Consejo Universitario- es que la estructura de gobierno de la Universidad de Chile obedece a un proceso democrático de reflexión institucional. Este se originó en 1997, cuando su comunidad demandó un estatuto acorde con el carácter estatal y nacional de la universidad, y con principios de participación y distribución de poderes. Tras años de trabajo, en marzo de 2006, siendo Presidente Ricardo Lagos, se promulgó el decreto que fijó el estatuto vigente. Este establece tres órganos superiores: Rector, Consejo Universitario y Senado Universitario. Los dos primeros ejercen las funciones ejecutivas, y el Senado, la normativa y estratégica. Hay también un Consejo de Evaluación que garantiza la calidad institucional.

El Consejo Universitario, que como Consejo de la Universidad ya figura en la ley de 1842 que crea la Universidad, hoy es presidido por el rector e integrado por los decanos elegidos de las facultades. El Senado Universitario es continuación del Consejo Normativo Superior de 1971. Integrado por el rector, 27 académicos, siete estudiantes y dos funcionarios, proyecta su futuro de modo inclusivo y consistente.

El proyecto reemplaza el Consejo Universitario por un Directorio, o Consejo Superior, con fuerte presencia de consejeros externos designados por el Gobierno y un poder disminuido del rector. Agrega un órgano consultivo triestamental, con funciones muy reducidas.

La comunidad de la Universidad de Chile valora la necesidad de una ley de universidades estatales, pero rechaza la forma de gobierno del proyecto, que atenta contra su autonomía e historia. En cumplimiento de su estatuto, en la Universidad de Chile la comunidad participa en el debate y en las decisiones estratégicas.

Beyer propone algunas modificaciones al proyecto, como la disminución de la injerencia gubernamental en el nombramiento de los consejeros externos. Apoya sus propuestas citando algunas universidades prestigiosas, sin considerar cómo ha funcionado el gobierno de las universidades estatales del país. Respecto de la elección de rector de la U. de Sao Paulo, no aborda los conflictos generados cuando el gobernador no ha elegido al primero de la terna que le propone la asamblea universitaria.

La Universidad de Chile ha demostrado que eficiencia y democracia universitaria son compatibles. Así lo indican los principales rankings internacionales, como el de Shanghái, que la ubica como líder del país por decimoquinto año consecutivo y una de las instituciones más relevantes de la región.

Más allá de cambios puntuales al proyecto de ley, es imprescindible una discusión seria que incluya a las comunidades universitarias organizadas. Así, los cambios tendrán un apoyo amplio que garantice su perdurabilidad. Esto es más imperioso aún considerando que el proyecto ha sido criticado en otras áreas, como el estatus jurídico de los funcionarios, las limitaciones al crecimiento de la matrícula, y el escaso financiamiento a las universidades del Estado.

  • Ennio Vivaldi
    Rector de la Universidad de Chile
  • Davor Harasic
    Representante del Consejo Universitario
  • Guillermo Soto
    Vicepresidente del Senado Universitario
  • Cecilia Hidalgo
    Presidenta del Consejo de Evaluación
  • Héctor Díaz
    Presidente Asociación de Académicos de la Universidad de Chile
  • Daniel Andrade
    Presidente FECh
  • Myriam Barahona
    Presidenta Federación de Asociaciones de Funcionarios Universidad de Chile 
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