"Acusación Constitucional" - Álvaro Fuentealba

La educación ha sido uno de los temas más sensibles en materia de juicio político en Chile.

Inauguró esta lista una acusación constitucional sin precedentes, en que fue destituida la ministra Yasna Provoste, titular de la cartera de Educación de la presidenta Bachelet, por la supuesta falta de supervisión y control que le cupo en una serie de desórdenes administrativos relacionados con las subvenciones escolares de la Región Metropolitana.

En el primer gobierno del presidente Piñera, su ministro Harald Beyer fue destituido utilizando el mismo instituto, esta vez en razón de no haber utilizado las potestades que entonces estaban radicadas en el Ministro, para efectos de fiscalizar, controlar y aplicar sanciones a las universidades privadas que infringiesen la prohibición de lucro en la educación superior.

Ahora se tramita una acusación constitucional en contra de la Ministra de Educación, Marcela Cubillos.

El texto suscrito por todos los jefes de bancada de la oposición, sostiene el encausamiento constitucional, en cinco capítulos, que se basan en:

  1. - La gira en que la Ministra se refirió al proyecto de Sistema de Admisión Justa, en que se habrían utilizado ingentes recursos públicos para desacreditar toda la institucionalidad de educación establecida en el gobierno anterior;
  2. - El mal uso de bases de datos de correos electrónicos de padres y apoderados que los habrían proporcionado para obtener información sobre postulación a colegios de sus hijos, y no para recibir propaganda de los proyectos del gobierno. A través de dichos correos, la Ministra les habría remitido propaganda del sistema Admisión Justa, mintiendo sobre los alcances de la nueva legislación aprobada en la administración Bachelet;
  3. - No implementación del Sistema de Educación Pública y Servicios Locales de Educación;
  4. - Escasa ejecución presupuestaria del sector, sobre todo en la implementación de la ley 21.040; y
  5. - Infracción a derechos fundamentales, que se traduciría en el no pago de la mención especial a educadores diferenciales.

De los capítulos que sostienen la actual acusación constitucional que se tramita en contra de la Ministra de Educación, el más grave es el consistente en “no ejercer un control jerárquico permanente sobre los órganos sometidos a su dependencia” para la “adecuada implementación de la ley Nº 21.040 (de Sistema de Educación Pública)”. Señala el libelo que “en su actuación personal, [la ministra] ha dejado sin ejecución diversas normas legales y reglamentarias en relación con los órganos sometidos a su dependencia, lo que ha alterado sustancialmente el cumplimiento de las disposiciones sobre la nueva política en materia de Educación Pública, que le corresponden en su cartera… La conducta ministerial hace responsable a su titular de la presente causal, consistente en dejar sin ejecución las leyes”.

Un análisis de los dos precedentes que hemos mencionado, ayudan a abonar la tesis con arreglo a la que podemos concluir que, se seguirse aquellos, independiente de los grados de adhesión que tenga en el Senado, y que la acusación sólo prosperará o no de acuerdo a las mayorías que el jurado senatorial ofrezca, la acusación constitucional debe prosperar.

Se trata acá de haberse traspasado la delgada línea roja que establece las legítimas diferencias de visión política que existe entre un gobierno socialista y uno de derecha, con la infracción de leyes que deben ser cumplidas, mientras no sean derogadas.

La implementación de los Servicios Locales de Educación es clave para superar los problemas de gestión, vicios, falta de transparencia, fraudes y sobre todo brechas insalvables de equidad que la municipalización de la educación pública trajo en los años 80 del siglo pasado.

La ministra Cubillos, al menos en este punto, ha extralimitado sus funciones constitucionales, a mi juicio en forma mucho más grave que los precedentes comentados.

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