Jean Pierre Matus: "Balance de la evolución del Derecho Penal en el segundo Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet"

"... En cuanto a la gran reforma por todos esperada, el Nuevo Código Penal, (...) desde el punto de vista puramente reglamentario, si se deseara reactivar esta discusión, la mejor salida sería impulsar la tramitación del actualmente presentado al Congreso (...) dejar las cosas como están significará que el próximo Gobierno, si resulta electo el ex Presidente Piñera, retome su agenda y su proyecto, sin que haya podido intervenir el saliente..."

A comienzos del año 2014 planteaba los desafíos a que pensaba se enfrentaría el Gobierno entonces entrante: implementar las pocas referencias que en materia de seguridad y Derecho Penal contenía su programa y hacerse cargo de las reformas que ya se estaban discutiendo, entre ellas, el proyecto de nuevo Código Penal, la llamada Ley Emilia, los problemas con la legislación sobre conductas terroristas, el problema mapuche y el control del conflicto social.

Ahora, al empezar su último año, intentaremos hacer un somero balance de lo propuesto, lo efectivamente realizado y los desafíos pendientes.

En cuanto a lo primero, el Programa de Gobierno preveía un aumento efectivo de la planta de Carabineros en alrededor de 6 mil policías nuevos, más la posibilidad de llamar del retiro a personal para ayudar en los cuarteles, lo que efectivamente se cumplió por la Ley Nº 20.801, de 31 de diciembre de 2014 que, además, permitió establecer ciertos bonos de permanencia para atrasar el retiro de los funcionarios en servicio.

El programa también preveía un aumento significativo en el número de casas de acogida de mujeres víctimas de violencia. Según la Cuenta Pública del SERNAM del año 2014, a esa fecha existían 27 casas de acogida y se pretendía instalar 25 nuevas; lamentablemente, de acuerdo a la información de la página web del organismo, a principios de este año solo existen 35 casas de acogida, lo que significa que en tres años se pudieron instalar solo ocho nuevas. Es de esperar que durante 2017 se logren poner en funcionamiento las 25 comprometidas en 2014.

El programa de la Presidenta Bachelet también prometía revisar la actual Ley Orgánica del Ministerio Público para dotarlo de medios y formas de organización que permitan mejorar su gestión, así como la de los servicios auxiliares de cuyas pericias científicas depende el éxito de las investigaciones. Lo primero se tradujo en la llamada Ley de Fortalecimiento del Ministerio Público, Nº 20.861, de 20 de agosto de 2015, que lo dotó efectivamente de más recursos humanos y presupuestarios creando el llamado sistema de análisis criminal y los focos investigativos, cuyos resultados a la fecha no han sido del todo explicitados por las autoridades competentes. De lo segundo no se han tenido noticias significativas, como tampoco se han tenido acerca del aumento de cobertura de los Tribunales de Tratamiento de Drogas, ni del mejoramiento de los programas de prevención y tratamiento de drogas, ni de las medidas socioeducativas para menores que cometen delitos y otras medidas prácticas cuya implementación parece haber enfrentado mayores escollos de los previstos al confeccionarse el programa.

En materia de reformas sustantivas, la reforma a la Ley Nº 20.000 siguen pendiente de tramitación en el Congreso Nacional con tres proyectos y es probable que en tanto no se cambie el foco de la discusión a una real liberalización de la explotación comercial del consumo recreativo de marihuana, como ya es un hecho legalmente reconocido en toda la costa oeste norteamericana, incluyendo el poderoso Estado de California (por sí solo, una de las primeras diez potencias económicas del mundo), la discusión siga empantanada en definir cantidades lícitas de cultivo y posesión, perdiéndose entre tanto ingentes recursos en la persecución y sanción del tráfico y micro tráfico de esta sustancia. Un alivio a la actual situación depende solo del cumplimiento de la propuesta de rebajar la marihuana a la calidad de “droga blanda” mediante una simple modificación reglamentaria, pero parece que incluso en este aspecto las diferencias de puntos de vista al interior del Gobierno impiden todo avance sustantivo.

El problema de los delitos económicos, cuyo principal “representante” han sido los acuerdos de precio en distintas áreas de la economía, ha sido abordado en una reforma legal (Ley Nº 20.945, de 30 de agosto de 2016) que pone en manos de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) la decisión sobre el ejercicio o no de la acción penal que se prevé para el nuevo delito de conductas contrarias a la libre competencia, sancionado con pena de crimen y con un régimen penológico calcado de la llamada Ley Emilia. La norma ha sido criticada por algún sector de la doctrina acusando de “gatopardismo” al hecho de que el Ministerio Público no pueda accionar sin previa intervención de la FNE, acusación no del todo feliz desde el punto de vista del Derecho comparado (este es el sistema en los Estados Unidos, donde no puede afirmarse que no se protege la libre competencia) pero que si apunta a ciertas prácticas reales del sistema nacional parece haber sido reforzada por el último escándalo de la colusión en los pañales.

Como anunciáramos en 2014, el Gobierno no solo ha de preocuparse de lo que quiere hacer, sino también de lo que debe hacer, esto es lo que se le impone por las circunstancias o la rutinaria marcha del Estado. Así, se tuvo que enfrentar con las reformas a la Ley sobre Conductas Terroristas, de Armas y la llamada Ley Emilia. La primera sigue su tramitación en el Congreso (Boletín 9692-07) mientras las otras dos ya son ley, pero ahora enfrentan una sutil pero importante revuelta judicial: el Tribunal Constitucional ha declarado contrario al texto de la Carta Magna el sistema del “año de prisión efectiva” de la Ley Emilia y se ha discutido en la magistratura ordinaria el régimen de determinación de la pena de la Ley de Control de Armas que impide las rebajas o aumentos por concurrencia de atenuantes y agravantes y, además, impone como régimen concursal general al de la acumulación del artículo 74 del Código Penal), pero, sobre todo, se enfrentó a una larga tramitación de la mal llamada Agenda Corta Antidelincuencia, que introdujo diversas reformas sustantivas (un nuevo sistema de determinación de penas para hurtos y robos, siguiendo el modelo del de la Ley de Control de Armas), procesales (diversas medidas traídas de los diferentes proyectos de “Reforma a la Reforma”) y el llamado control preventivo de identidad.

Otras reformas impuestas por el “día a día” del Gobierno y de importancia penal han tenido que ver con avances no menores en el Derecho Penal Ambiental: la reformas para adecuar nuestra legislación a las recomendaciones CITES, en materia de protección de especies en peligro de extinción, Ley Nº 20.962, de 16 de noviembre de 2016, y la introducción del nuevo delito de tráfico de residuos peligrosos o prohibidos, a propósito del nuevo sistema de control y manejo de los mismos. Si en esta línea se practican pequeñas modificaciones a los delitos de contaminación de aguas del artículo 102 de la Ley de Pesca y al de propagación de sustancias contaminantes, del artículo 291 del Código Penal, que solucionaran sus limitaciones técnicas actuales (impunidad de los hechos culposos, discutibles remisiones normativas, impropiedad del lenguaje con respecto a la Ley Nº 19.300, falta de sanción a las personas jurídicas, etc.), es probable que se pueda construir un nuevo Derecho Penal Ambiental para Chile.

Finalmente, en cuanto a la gran reforma por todos esperada, el Nuevo Código Penal, el Gobierno primero desechó seguir adelante la tramitación del Proyecto presentado por el saliente Presidente Sebastián Piñera el último día de su mandato (Boletín 9274-07) y luego formó una Comisión para preparar un nuevo Anteproyecto, terminado a mediados del año 2015; sin embargo, este último no pareció ser satisfactorio. De allí que, desde el punto de vista puramente reglamentario, si se deseara reactivar esta discusión, la mejor salida sería impulsar la tramitación del actualmente presentado al Congreso con una importante modificación sustitutiva, si se quiere, o simplemente dejando que el curso de la discusión parlamentaria permita adecuar sus contenidos a las valoraciones de los representantes del pueblo. En este punto, dejar las cosas como están significará, de todas maneras, que el próximo Gobierno, si resulta electo el ex Presidente Piñera, retome su agenda y su proyecto, sin que haya podido intervenir el saliente.

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