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Prof. Valentina Durán expone sobre el proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional

El pasado 18 de mayo tuvo lugar el Conversatorio sobre la reducción del consumo de bolsas plásticas en el Perú en el Centro Cultural de la Pontificia Universidad Católica del país vecino.

En él, la profesora Valentina Durán Medina (Directora del Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile) expuso sobre el proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, que en ese momento era tramitado en el Congreso Nacional y que fue aprobado el pasado 30 de mayo de 2018.

La actividad, organizada por la Sociedad Peruana de Derecho AmbientalCiudad Saludable contó con la presencia de destacados académicos y autoridades de la región.

La profesora Durán participó vía streaming con una presentación titulada «Hacia la prohibición de las bolsas plásticas en Chile», en la que comenzó refiriéndose a los antecedentes del proyecto, especialmente a la Ley N° 20.920 (que establece un marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje) y al rol que han tenido los municipios en el establecimiento de las 79 ordenanzas y convenios que regulan y restringen el uso de bolsas plásticas en nuestro país.

Sobre los diversos proyectos de ley que se encuentran en el Congreso, la Directora del CDA destacó la iniciativa parlamentaria y el proyecto de prohibición de uso y entrega de bolsas no biodegradables en las comunas costeras, presentado el año pasado por la Presidenta Bachelet.

Respecto al proyecto de ley que prohíbe la entrega de bolsas plásticas de comercio en todo el territorio nacional, aprobado por el Congreso el 30 de mayo de 2018, explicó que se introdujo mediante una indicación sustitutiva presentada el pasado 7 de mayo al proyecto de ley que inicialmente establecía la prohibición y sustitución progresiva de las bolsas de polietileno, polipropileno y otros polímeros artificiales no biodegradables en la Patagonia Chilena.

El proyecto, define el concepto de bolsa plástica de comercio como aquella que es entregada por un establecimiento de comercio para el transporte de mercaderías o, en el caso de compras realizadas por medios electrónicos, como la bolsa para el transporte de mercaderías que es entregada al consumidor final. A su vez, el concepto de establecimiento de comercio corresponde a cualquier canal minorista o mayorista de distribución o comercialización de bienes o servicios.

Con la indicación sustitutiva, aprobada en la Comisión del Medio Ambiente del Senado el 15 de mayo, lo que busca el Ejecutivo es proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de todas las bolsas plásticas de comercio (art. 1), sin limitar su extensión a la Patagonia ni a las comunas costeras, sino que extiendo su ámbito de aplicación a todo el territorio nacional. Así, y, en aplicación del principio de jerarquía en el manejo de residuos, se optó por prohibir la entrega (y no el uso) de todas las bolsas, ya sean biodegradables o no biodegradables, las que no se podrán adquirir ni gratuita ni onerosamente en el comercio, excluyéndose sólo “las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, que sea necesario por razones higiénicas o porque su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos” (art. 3).

Sobre la posible restricción de una regulación de esta entidad a las bolsas no biodegradables, la académica explicó que, de acuerdo al Ministerio del Medio Ambiente, para que las bolsas se puedan biodegradar debe existir un proceso industrial y no hay normas de referencia suficientes para hacerlo en el país, de modo que, sin las condiciones adecuadas, una bolsa biodegradable podría producir los mismos impactos que una bolsa no biodegradable en el medio ambiente.

La profesora Durán finalizó su presentación refiriendo que se espera que esta ley tenga una implementación gradual de 6 meses desde su publicación en el Diario Oficial, periodo en el cual se va a poder entregar un máximo de 2 bolsas plásticas para el transporte de mercaderías por cada compra. Respecto a las micro, pequeñas y medianas empresas, la implementación tendrá lugar después de 2 años de publicada la ley.

Previo a su envío al Tribunal Constitucional para el respectivo control de constitucionalidad y antes de la promulgación de la ley, el proyecto fue enviado al Ejecutivo y a la Corte Suprema a comienzos de esta semana. De acuerdo al Ministerio del Medio Ambiente, se espera que la futura ley comience a regir durante el primer semestre del 2019.

Para obtener más información sobre el proyecto de ley se puede consultar el sitio ChaoBolsasPlasticas.cl, lanzado esta semana por el Ministerio del Medio Ambiente. Por su parte, el vídeo del Conversatorio se encuentra disponible en este enlace en la cuenta de Facebook de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.

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