El Objetivo de Desarrollo Sostenible N° 2 consiste en “poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible”. No obstante, de acuerdo con el Informe «El Estado de la Seguridad Alimentaria y la Nutrición en el Mundo» (FAO, FIDA, OMS, PMA y UNICEF, 2020): “Cinco años después de que el mundo se comprometiera a poner fin al hambre, la inseguridad alimentaria y todas las formas de malnutrición, seguimos sin realizar progresos suficientes para alcanzar este objetivo en 2030. Los datos indican que el mundo no está avanzando ni hacia la meta 2.1 de los ODS, de garantizar el acceso a alimentos inocuos, nutritivos y suficientes para todas las personas durante todo el año, ni hacia la meta 2.2, de erradicar todas las formas de malnutrición”. El mismo documento agrega que “las estimaciones actuales indican que cerca de 690 millones de personas padecen hambre, es decir, el 8,9% de la población mundial” y que “en 2019, cerca de 750 millones de personas, o casi una de cada 10 personas en el mundo, se vieron expuestas a niveles graves de inseguridad alimentaria”.
En preparación al debate para la redacción de una Nueva Constitución, el equipo académico del Centro de Derecho Ambiental ha participado en diferentes conversatorios y presentado diversas publicaciones en torno a las menciones que consideran esenciales y deben tener lugar en el Proceso Constituyente que actualmente vive nuestro país. En este escenario, durante los últimos meses, el Dr. Jorge Aranda Ortega (investigador del CDA) ha participado activamente en el Grupo Transdisciplinario de Obesidad de las Poblaciones (GTOP) de la Universidad de Chile.
El GTOP está conformado por investigadores de distintas disciplinas de la Universidad de Chile, que buscan aportar al estudio de la prevención y control del fenómeno de la obesidad y su relación con los modelos económicos, sociales, de salud, alimentación, calidad de vida, política y cultura que impactan en el bienestar de las personas y de las poblaciones. “Es necesario instalar una reflexión profunda sobre los modelos de salud, alimentación, calidad de vida, economía, política y cultura que impactan en el bienestar de las personas y de las poblaciones, para lo cual, se requiere un abordaje teórico-metodológico-académico y político que vaya más allá de los esfuerzos individuales y/o disciplinares que hoy se realizan”, explica el Dr. Jorge Aranda Ortega.
¿Por qué es necesario pensar en el derecho a la alimentación como un derecho constitucional? Para el profesor Aranda, “si bien, en principio, la discusión podría reducirse a qué tan programático sería un derecho que evoca una actividad prestacional del Estado para la disposición de un mínimo existencial, esta va mucho más allá. Por ejemplo, esta consagración clarificaría títulos de intervención de la Administración del Estado para la regulación de la producción de alimentos, mirando a su inocuidad y salubridad. En el caso chileno, en el que transitamos de problemas de desnutrición al de malnutrición por la ingesta de alimentos potencialmente dañinos, innovaciones normativas como la Ley de Etiquetado de Alimentos van en esa línea, por ejemplo. La mención de forma expresa en la Constitución debe imponer un deber del Estado y una garantía a las personas de tener acceso a seguridad alimentaria sostenible, inocua, diversa y multicultural”.
Sobre las similitudes existentes entre los Derechos a la Alimentación y del Medio Ambiente, ambos derechos muestran una profunda desigualdad en nuestra sociedad: “Son similares (y relacionados) pues atañen a un proceso completo de actividad humana. Una producción y disposición de alimentos sanos mira más allá de la asignación de éstos a la población, sino que a prácticas de producción, intercambio y consumo. Si se quiere, una regulación adecuada de este ciclo involucra tanto el Derecho al Medio Ambiente y el Derecho a la Alimentación, dado que un medio ambiente sano y adecuado es fundamental para el desarrollo de la actividad agropecuaria, a la vez que esta debe ceñirse a regulaciones que permitan tratar sus impactos ambientales, permitiendo la concreción de ambos derechos. También son similares, dado que miran a una colectividad que los disfruta, y en ambos se genera un deber del Estado de asegurar la calidad y un mínimo existencial para la vida, al garantizar el acceso”, explica el investigador del Centro de Derecho Ambiental.
El Grupo Transdisciplinario de Obesidad de las Poblaciones ha participado en 3 proyectos Fonis, el proyecto FAO-ODA sobre Derecho a la Alimentación, y la encuesta sobre seguridad alimentaria a estudiantes y sus familias. Además, ha efectuado tres conversatorios sobre el derecho a la alimentación: uno en el Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos (INTA), y otros dos en las Escuelas de Verano 2020 y 2021, así como proyectos de extensión y capacitación en temas de prevención de la COVID-19 en ferias libres. Para este año, se planea el ciclo de conversatorios titulado «De la Constitución a la Mesa», para discutir y problematizar una eventual incorporación del derecho a la alimentación a una futura Constitución chilena.
El 29 de abril de 2021, se publicará el estudio que el Grupo Transdisciplinario de Obesidad de las Poblaciones de la Universidad de Chile ha preparado para comprender y aportar en la prevención y control del fenómeno de la obesidad en Chile y el mundo.