Noticias

Clínica Ambiental de nuestra Facultad consigue multa y reingreso de proyecto de EFE al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Clínica consigue multa y reingreso de proyecto de EFE al SEIA

La Superintendencia del Medio Ambiente, SMA, resolvió multar con $938 millones a la empresa EFE y le obligó a ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el proyecto completo Rancagua Express, que había sido dividido en tres proyectos distintos, pese a que, dada su operación, en realidad se trata de uno solo. Esta infracción se denomina "fraccionamiento de proyecto" y es severamente castigada en la Ley Ambiental.

Las sanciones aplicadas a EFE responden a una denuncia patrocinada por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, a través de su Clínica de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, que fue presentada entre 2013 y 2014 por los y las vecinas  de las comunas de El Bosque, Lo Espejo, San Bernardo y Pedro Aguirre Cerda, quienes han visto afectada su calidad de vida con la inadecuada implementación de este proyecto. 

El pasado 21 de abril de 2021, luego de un complejo y prolongado proceso, culminó el procedimiento sancionatorio, determinando que EFE es responsable de los cargos formulados por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) el año 2016, por el fraccionamiento de su proyecto Rancagua Express en tres subproyectos: Mejoramiento Integral; Seguridad y Confinamiento; y Renovación Flota Material Rodante.  De ellos, el primero fue sometido a evaluación ambiental, mientras los dos proyectos restantes se ejecutaban de forma paralela. Al evadir el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de los dos proyectos ya indicados, la empresa EFE ha ocasionado efectos perjudiciales para los vecinos y vecinas de las comunas del Sur de la Región Metropolitana.

A pesar de haberse observado oportunamente el fraccionamiento por los vecinos, el Servicio de Evaluación Ambiental lo descartó, aprobando el proyecto y defendiendo su resolución de calificación ambiental en las distintas instancias judiciales y administrativas.

El órgano fiscalizador estableció que se evitó someter a un completo estudio de impacto ambiental el proyecto en su integridad, toda vez que el subproyecto “Seguridad y Confinamiento” no fue evaluado y generaba afectaciones a los grupos humanos que la empresa estatal conocía.

Para la Directora del Curso Clínico de Derecho Ambiental y Resolución de Conflictos, profesora María Nora González, “esta resolución confirma la pertinencia y procedencia del reclamo de los vecinos afectados en un contexto de profunda desigualdad y falta de acceso a la participación y la justicia ambiental”.

 En tanto, la profesora Valentina Durán, Directora del Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho, afirmó que “esta resolución es resultado de un largo y acucioso trabajo de académicas, estudiantes y ayudantes de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y da cuenta de un profundo compromiso con la comunidad y con la protección del medio ambiente”.

Ambas académicas coinciden en la importancia de esta resolución pero advierten la gravedad de la falta de oportunidad de la resolución originada en denuncias presentadas 8 años atrás.

Los efectos nocivos para los vecinos y vecinas identificados en esta investigación son el desplazamiento de pasarelas a lugares menos accesibles, infraestructura con problemas de accesibilidad y seguridad que generaron grave segregación urbana en algunas de las comunas con peores índices de calidad de vida de la Región Metropolitana. Las consecuencias de estas decisiones han sido alteraciones sustantivas a los modos de vida, además de atropellos (debido al uso de pasos no habilitados), así como otro tipo de accidentes tales como una mujer atrapada en un ascensor de una de las pasarelas, por más de 5 horas debido al mal estado de conservación y falta de mantención del mismo.

La empresa cuenta con un plazo de 15 días una vez notificada para proponer un cronograma de ingreso al sistema. También puede reclamar ante el Segundo Tribunal Ambiental contra la resolución sancionatoria.