Noticias

Profesora Valentina Durán comenta el Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático en el Senado

Continuando con las intervenciones del Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile en la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, a propósito del Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático, la profesora Valentina Durán Medina (directora del Centro de Derecho Ambiental) fue invitada a exponer sobre el proyecto a la Comisión presidida por el Senador Alfonso de Urresti, el 14 de mayo de 2020.

La profesora Durán comenzó su intervención recordando el compromiso de la Universidad de Chile con el medio ambiente y el cambio climático, recordado que como establece el artículo 3° de los Estatutos de nuestra casa de estudios, la Casa de Bello “postula el desarrollo integral, equilibrado y sostenible del país, aportando a la solución de sus problemas desde la perspectiva universitaria, y propende al bien común y a la formación de una ciudadanía inspirada en valores democráticos, procurando el resguardo y enriquecimiento del acervo cultural nacional y universal”, por lo tanto, y en palabras de la académica, “es nuestra tarea y compromiso apoyar estos procesos en materias de políticas públicas”.

Crisis climática: emergencia climática y ambiental.

Haciendo referencia al Informe «El estado del litigio en materia de cambio climático: una revisión global» (preparado por el Sabin Center for Climate Change Law de la Universidad de Columbia y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente), subrayó que el cambio climático es un “problema de política ‘súper perverso’, capaz de resistir incluso los esfuerzos más decididos de los responsables de formular políticas” y que es cada vez más difícil de manejar, ya que “existe una gran asimetría de incentivos y de información entre quienes causan el problema y quienes más lo padecen”, así como un riesgo político, pues “las políticas más exigentes y eficaces son políticamente más impopulares”. En este sentido, para la directora del Centro de Derecho Ambiental el desafío radica en “asegurar que el cambio climático y la acción climática ambiciosa, estén en la primera prioridad, porque el cambio climático es la mayor amenaza global que hemos conocido”. Además, agregó que “resulta indispensable reconocer –y esta es una recomendación para dar mayor énfasis a esta ley– la existencia de una emergencia climática y ambiental”.

“Esto es más que un problema sólo ambiental, es un problema económico, es un problema de seguridad, es un problema ético, y es un problema de derechos humanos. Entonces, esto requiere –como todos sabemos– acciones en los distintos niveles: globales, regionales, nacionales y locales”.

Reflexiones sobre los instrumentos en el proyecto.

En cuanto al contenido del Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático la primera propuesta de la profesora Valentina Durán consiste en hablar de instrumentos de acción climática. Aquí, el gran desafío consiste en “alinear todos los instrumentos a la meta que Chile ha fijado y que actualizará a través de su Contribución Determinada a Nivel Nacional, porque el Estado no puede desconocer los escenarios que se vienen y, en esto, es muy importante poner en el centro, el disfrute de los derechos humanos que se ven amenazados –tanto de las generaciones presentes como de las generaciones futuras–, en términos de reducción de emisiones y de adaptación”, y esto “dentro de una estrategia nacional de cambio climático, a la que reporten los servicios públicos con las más variadas competencias”.

Sobre los mecanismos a utilizar sostuvo que “en materia de políticas públicas, se recomienda siempre el uso de un abanico amplio de estos instrumentos, tanto de comando y control como instrumentos económicos. En ese sentido, yo llamo a no tener miedo a las prohibiciones. El ejemplo de la ley de bolsas plásticas es un muy buen ejemplo de que se pueden prohibir determinadas conductas en función de un bien mayor y eso es perfectamente bien recibido por la ciudadanía”.

Hacia el fortalecimiento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En su exposición, la profesora Durán recalcó la importancia del fortalecimiento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) sobre la base del principio precautorio y el principio de no regresión y principio de progresividad, recordando los casos en que los Tribunales Ambientales y la Corte Suprema han llamado a incorporar criterios de cambio climático en la evaluación de impacto ambiental.

En este sentido sus propuestas son: i) agregar en el contenido de los Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental la indicación concreta de la huella de carbono y de cómo el proyecto se alinea con la meta de carbono neutralidad, la NDC y otros instrumentos, pudiendo precisar algunas de estas exigencias a través de guías y reglamentos; ii) establecer que la descripción de la línea de base del área de influencia contenga consideraciones climáticas; iii) pronunciamientos de compatibilidad con los distintos instrumentos que se creen y con la NDC; iv) el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) debiera estar facultado para revisar las Resoluciones de Calificación Ambiental en función de criterios climáticos en relación con las obligaciones de reporte –que tienen que reforzarse–, y ello, no importando si el proyecto ingresó como DIA o como EIA; v) definir que todos los proyectos deberán neutralizar y reducir las emisiones, “porque tenemos que alinear toda la actividad pública y privada a este objetivo ambicioso y que esperamos que se haga cada vez más ambicioso en el futuro” y vi) agregar la obligación de uso de mejores tecnologías disponibles en todos los proyectos e incluso para la generación de su revisión.

Crisis climática y derechos humanos.

Abordando el Informe «Cambio climático y derechos humanos: contribuciones desde y para América Latina y el Caribe» (publicado por la CEPAL en diciembre del 2019) y la Opinión Consultiva 23/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) recalcó la importancia de que exista un enfoque basado en los derechos humanos que esté presente en la ley de manera explícita, recordando que en América Latina y El Caribe “en 4 de las 9 leyes climáticas existentes en la región, se incorpora una referencia expresa a los derechos humanos”, que “todas incluyen referencias expresas a derechos humanos específicos o elementos del enfoque basado en los derechos humanos”, que “todas se refieren a acceso a la información y a la participación como ejes centrales, que también son derechos humanos” y que “los derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales, integrantes del principio de justicia ambiental, tienen un carácter esencial para la vida democrática y son catalizadores para la realización de otros derechos, como el derecho a un ambiente sano”.

Acción climática y derechos de acceso (información, participación y justicia).

Destacando el rol del Acuerdo de París y del Acuerdo de Escazú sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, la directora del Centro de Derecho Ambiental explicó que “la acción climática y los derechos de acceso están intrínsecamente ligados. No puede haber una acción climática efectiva sin un ejercicio concreto, fuerte, importante, y efectivo de los derechos de acceso”.

“Es necesario que firmemos y ratifiquemos el Acuerdo de Escazú y establezcamos un plan de implementación de este Acuerdo, por una cuestión de coherencia (…) Chile cumple con bastantes estándares, esta ley también avanza, sin embargo, tenemos todavía brechas importantes y sería muy significativo establecer este compromiso de ir avanzando a la par con los países de América Latina y El Caribe, además de proteger a los defensores ambientales”, sentenció.

Además, sostuvo que “para tener una buena gestión y que todos podamos colaborar con la gestión pública y que la gestión privada sea también más eficaz, necesitamos información sobre las emisiones, pero también sobre los costos de las decisiones. La información es mágica para la toma de decisiones, porque sincera los costos, para que los costos de las distintas decisiones no los paguen las zonas de sacrificio ni los sectores más vulnerables de la población”.

Principio de no regresión y principio de progresividad.

Respecto del principio de no regresión y la actual crisis sanitaria afirmó que se debe mejorar su redacción y que este se asegura con institucionalidad permanente: “es muy importante que el Estado tenga herramientas y que sean herramientas establecidas como políticas de Estado, que no dependan de los gobiernos de turno para poder impulsar una recuperación resiliente”.

Observatorio de Ley Marco de Cambio Climático.

La minuta de esta sesión, así como la presentación utilizada por la profesora Valentina Durán se encuentran disponibles en la sección de seguimiento de la Ley Marco de Cambio Climático del Observatorio de la Ley de Cambio Climático para Chile. El Observatorio es un proyecto conjunto del Centro de Derecho Ambiental y el Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia que nació con el objetivo de contribuir a la transparencia del proceso legislativo, aportar con conceptos para disminuir las brechas de comunicación y proponer análisis críticos para la discusión democrática. Esta iniciativa ofrece una perspectiva académica, en conexión con los distintos actores del sector público, privado y de la sociedad civil.

Compartir:
https://uchile.cl/d165321
Copiar