"Seguro colectivo para pasajes aéreos" - Diego Pardow
El caso de Latin American Wings (LAW) ha reavivado el debate acerca de cómo debieran regularse las aerolíneas, y, en particular, la necesidad de establecer un seguro colectivo que permita compensar adecuadamente a los consumidores cuyos pasajes resultan cancelados de manera sorpresiva.
Al igual como sucedió antes con Air Madrid, Pluna o LAB, durante las últimas semanas numerosos pasajeros quedaron abandonados en distintas partes del mundo. Ellos se vieron obligados a incurrir en los costos que supone volver al país utilizando otras alternativas de transporte, además de cancelar vacaciones, perder oportunidades de trabajo y sufrir daños emocionales. Los pasajeros pueden demandar la reparación de estos perjuicios, ya sea directamente o a través del Sernac, y ciertamente ganarían un eventual juicio. Pero, como en los casos anteriores, es probable que la empresa no tenga con qué pagar. Cuando una aerolínea empieza a suspender sus vuelos de manera generalizada la quiebra está a la vuelta de la esquina, y seguramente los consumidores tendrán que sumarse a una larga fila de acreedores. La pregunta que surge, entonces, es si la regulación económica debiera hacerse cargo de este problema a través de un seguro colectivo.
Es conveniente comenzar analizando quién pagaría este seguro. Aunque el proyecto de ley que existe sobre esta materia enfatiza que sería obligación de la aerolínea contratarlo, es razonable pensar que una medida de este tipo terminaría siendo traspasada a los consumidores a través de un aumento de precio. Así, el efecto de este seguro colectivo sería distribuir entre un gran número de consumidores un daño que hoy está concentrado en un pequeño grupo.
Incluso, si uno estuviera de acuerdo con esta forma de distribución, existen dos problemas adicionales a tener en cuenta. Por una parte, un seguro colectivo haría más homogéneo el mercado, disminuyendo la intensidad con que compiten las aerolíneas. Actualmente, algunas aerolíneas pueden enfocarse en competir con precios más bajos, mientras otras invierten tiempo y esfuerzo en desarrollar una reputación de mejor calidad. En cierto sentido, la diferencia de precio entre ambas reflejaría el seguro implícito que ofrece la aerolínea de mejor calidad. Por otra parte, nuestra experiencia regulatoria con los seguros asociados a créditos hipotecarios sugiere mirar esta iniciativa con cuidado. Así como una oferta variada generalmente beneficia al consumidor, el empaquetamiento de productos distintos muchas veces lo perjudica.
El economista George Stigler, uno de los principales opositores a medidas de este tipo, solía decir que la regulación permite que las empresas reguladas conserven sus ganancias en tiempos de bonanza, pero socialicen sus pérdidas en tiempos difíciles. Al menos respecto de este seguro colectivo, pareciera que tiene razón.