El pasado miércoles 16 de diciembre se llevó a cabo la última sesión de la Escuela Ambiental Interdisciplinaria, una iniciativa de ayudantes del Centro de Derecho Ambiental, en conjunto con estudiantes de diferentes facultades de la Universidad de Chile, como la Facultad de Ciencias Forestales y de la Conservación de la Naturaleza, la Facultad de Economía y Negocios, la Facultad de Ciencias Sociales y el Instituto de Comunicación e Imagen.
La escuela este año –ganadora del Premio Azul 2019 de la Dirección de Bienestar y Desarrollo Estudiantil de la Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles y Comunitarios (VAEC) de la Universidad de Chile– se realizó de manera completamente online, contando con cinco sesiones.
La primera sesión estuvo enfocada en abordar de manera general qué son los conflictos socioambientales y cómo se abordan desde las diferentes disciplinas; la segunda sesión fue sobre gestión de cuencas hidrográficas y conflictos socioambientales en torno al agua; la tercera sesión consistió en una clase práctica para aprender sobre el manejo y resolución de conflictos desde la transdisciplina; la cuarta sesión llevó al diálogo y reflexión sobre el territorio que habitamos y la incidencia de las personas en su territorio; finalmente, la quinta y última sesión –que nos convoca en esta instancia– nos invitó a reflexionar sobre la nueva Constitución y sobre cómo este proceso puede afectar al medio ambiente.
El país en el que vivimos
La primera idea que presentó el equipo de la Escuela Ambiental Interdisciplinaria en la sesión, es que el Proceso Constitucional se encuentra inserto en un momento específico, y en los últimos 15 años, el apoyo del Estado, en temáticas ambientales, no ha sido suficiente para dar respuesta a la creciente demanda ciudadana a conflictos socioambientales. La gran mayoría de las regiones del país se encuentran en zonas sobrepasadas por contaminantes: en el norte de nuestro país gran parte de los conflictos giran en torno a contaminación por parte de compañías mineras, fundiciones de cobre y centrales termoeléctricas; en la zona centro se levantan las grandes actividades industriales, al igual que las funciones de cobre y centrales termoeléctricas, sumando a esto la contaminación por combustión residencial de leñas; y por último, en la zona sur, existe gran contaminación por consumo de leña para calefacción y cocina domiciliaria.
Además de problemas por contaminación, existen conflictos sobre uno de los componentes ambientales más importantes: el agua. Países del mundo entero se encuentran o están próximos a encontrarse en escenarios de alto estrés hídrico debido a la creciente escasez del recurso, siendo Chile, en particular, afectado desde el año 2010 por una megasequía sin precedente alguno a lo largo de nuestra historia. Otros recursos sobreexplotados son el bosque nativo y el suelo, el primero siendo afectado por altas tasas de destrucción y degradación de los bosques nativos, incendios, cortas selectivas, degradación por ganadería, entre otras causas, y que, de todos modos, se ven amplificadas por la megasequía. En tanto el suelo carece de una protección ambiental eficaz, y suele restringirse su interés a la producción de alimento, ignorando todo lo que el suelo aporta a nuestra vida en general.
Otro factor importante, ya no sólo respecto de los componentes del Medio Ambiente, tiene que ver con el componente humano. Antonio Pulgar (asistente de investigación del CDA y coeditor de la Revista de Derecho Ambiental), señala que “en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, cuando se define al medio ambiente, también se encuentran contenidos los elementos culturales y humanos, y en este sentido también hay una conflictividad respecto de cómo se toman las decisiones y cuáles son las instancias de participación asociadas al desarrollo de proyectos”, opinando que en muchos de los casos no son las personas las que pueden tomar las decisiones sobre su territorio.
El Medio Ambiente en la Constitución de 1980
La actual Constitución Política de la República, en su artículo 19 N° 8, establece el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, lo cual desde un punto de vista jurídico -señala el asistente de investigación del CDA- ha sido criticado porque es un derecho bastante restrictivo, primeramente por no asegurar un medio ambiente libre de contaminación como tal, sino que asegura a las personas el derecho de vivir, es decir, se reduce a la protección a la vida y no a la protección al medio ambiente en general, sino que solo a los humanos que habitan en él, y, así mismo, el deber que se impone al Estado de protección a la naturaleza se ve limitado por este mismo aspecto. La segunda crítica es que la Constitución tiene un enfoque de extracción de componentes naturales, regulando el medio ambiente junto al derecho de la propiedad, protegiendo y reforzando las libertades económicas y el derecho de propiedad por sobre la protección ambiental.
¿Cómo regulamos el entorno natural en una nueva Constitución?
El medio ambiente debe ser abordado en las diferentes etapas de la Constitución, partiendo por su parte dogmática y llegando a su parte orgánica. En lo dogmático, encontramos los principios ambientales, la garantía fundamental o derecho social, el mandato de protección o deber del Estado, los deberes de las personas y la regulación a los elementos o recursos naturales. Antonio Pulgar señala que “es relevante el mandato de protección, ya que establece cuáles son los roles que va a tener el Estado y qué tipo de Estado se quiere construir para la gobernanza de un país”.
Joaquín Flores (ayudante del Centro de Derecho Ambiental) explica sobre este mismo punto: “cuando decimos que el Estado tiene que defender la vida o el medio ambiente se le está entregando una función al Estado, otorgando legitimidad a sus actuaciones posteriores para la persecución de este fin”. En tanto a los principios, en el Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano se han afianzado en el concepto del "buen vivir" para explicar la relación del ser humano con la naturaleza, pero también en otras expresiones como el "principio de equidad", "justicia intergeneracional", entre otros.
La sesión continuó con un gran espacio de reflexión, desde la interdisciplina, para conocer las diferentes opiniones que podían existir respecto a la regulación de una nueva Constitución. Compartimos con ustedes las preguntas, para abrir aún más la discusión:
¿Cómo se debería asegurar el acceso a la información, a la participación ambiental y al acceso a la justicia? La conversación se centró en reconocer la importancia del Acuerdo de Escazú en la protección de estos derechos humanos y ambientales fundamentales, además de reconocer diferentes escalas de participación, especialmente a nivel vecinal y municipal con capacidad de influir en las grandes decisiones, y, por último, reconociendo que la primera instancia de participación se da en la educación, comprender la forma de ejercer mis derechos y ser parte de las decisiones.
¿Cómo abordar al medio ambiente y sus elementos? El grupo coincidió en la idea de romper con la dimensión individual del medio ambiente y avanzar hacia una dimensión colectiva. ¿Qué aspectos económicos se deben compatibilizar con lo anterior? Muchos de los conceptos discutidos dicen relación con el desarrollo sostenible, el uso de energías renovables, equidad en la repartición de los recursos y en las cargas ambientales de la producción de estos. Respecto a este punto, Karla Vargas (coordinadora de la Escuela Ambiental Interdisciplinaria y ayudante del CDA), menciona que “este es uno de los desafíos que presenta la Constitución, ya que en el diálogo constituyente debe quedar definido el sentido que se le va a dar a palabras como sostenible o sustentable, lo que es muy relevante para la posterior interpretación que vayan a hacer los tribunales de estas palabras para revisar su verdadero sentido y alcance”.
¿Qué derecho debería asegurar a las personas una nueva Constitución? Muchos derechos entraron al diálogo, varios de ellos representando los derechos de los que carecemos hoy en día, como el derecho al agua, a la autogestión de las comunidades, al medio ambiente sano, de acceso a la información, entre muchos otros más. ¿Qué tipo de Estado necesitamos para asegurar lo propuesto? Existe un gran consenso en el grupo respecto al avance hacia un Estado descentralizado, en donde los territorios tengan capacidad de decisión sobre ellos mismos, y a su vez tengan capacidades de gestión.
La Escuela Ambiental Interdisciplinaria estuvo a cargo de Karla Vargas (ayudante del Centro de Derecho Ambiental) y el equipo de trabajo estuvo conformado por Antonio Pulgar (asistente de investigación del CDA); Joaquín Flores (ayudante del CDA); Felipe Fuentes (ayudante del CDA); Nicolás Hidalgo (Facultad de Ciencias Forestales y de la Conservación de la Naturaleza); Natalia Aroca (Facultad de Economía y Negocios); Catalina Castillo, María Catalina Muñoz, Matías Plass, Javier Romero (Facultad de Ciencias Sociales); y Nicolás Reyes y Consuelo Schwerter (Instituto de la Comunicación e Imagen).