Contaminación Lumínica: Consideraciones ambientales

Tribuna del Diplomado en Derecho Ambiental: En el marco del Diplomado en Derecho Ambiental "Instrumentos de gestión - nuevas tendencias", dirigido por la Prof. Valentina Durán, presentamos una selección de opiniones redactadas por los y las estudiantes de la 8ª versión del diploma, impartida durante el segundo semestre de 2021.

La Contaminación lumínica surge mediados de los años 60´s como una problemática casi exclusiva de la astronomía, limitando el estudio de los astros por la alteración de la calidad del cielo nocturno. Hoy en día se conoce mucho más de este tipo de contaminación y sobre sus variados efectos sobre el ambiente, los cuales han dejado en evidencia graves alteraciones en la biodiversidad [1][2] y en la salud humana [3][4], como consecuencia de la alteración de los rangos naturales de luz y oscuridad determinados por los ciclos astronómicos fundamentales para los seres vivos como son la alternancia del día y la noche, y la sucesión de las estaciones [5]. Estudios recientes han demostrado que el crecimiento de los asentamientos humanos y el desarrollo de nuevos sistemas de iluminación basados en la tecnología LED han incrementado el efecto de la contaminación lumínica sobre el ambiente principalmente debido a que las nuevas formas de iluminación contienen alta proporciones de luz azul en sus emisiones, las que resultan ser muy nocivas para los seres vivos [6][7].

En Chile con la publicación del Decreto Supremo N° 686/98, se dio un paso inicial en materia de regulación de la contaminación lumínica, sin embargo el alcance territorial de esta norma estaba limitado a aquellas regiones que albergaban los grandes centros astronómicos, es decir las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, dejando entrever que el carácter de la normativa estaba directamente asociada a la calidad astronómica de los cielos, entendida esta como el conjunto de condiciones ambientales que permitían la observación astronómica y no como un conjunto de variable que influye en la distribución de la vida en el planeta. Esta carencia fue determinante para los procesos de revisión posteriores. 

El paso siguiente fue en mayo de 2013, con la publicación del Decreto Supremo N° 43/12 que establece la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica. Si bien la norma considero el reconocimiento del cielo como patrimonio ambiental y cultural, y reguló una de las componentes ambientales más relevantes, como es el espectro de emisión, su alcance geográfico seguía siendo un factor limitante, y no fue hasta la publicación de la Ley N° 21.162 en julio de 2019, que modificó la Ley N° 19.300, incorporando la “luminosidad artificial” como un contaminante, lo que abrió la puerta a una regulación mucho más completa.

En abril de 2019, por medio de la Resolución Exenta N°330, se dio inicio al proceso de revisión de la norma y en abril de 2021 se publica el anteproyecto, que para esta versión incorporó todo el territorio nacional, definiendo áreas de protección especial, como son áreas de interés astronómico, áreas de protección de la biodiversidad y áreas de anidación de aves, además de una estricta regulación de la emisión de la componente azul del espectro de emisión, que en definitiva es el factor de mayor impacto en los ecosistemas.

Sigue siendo necesario un fomento de la investigación en esta área y de la necesaria integración con las políticas públicas en salud y conservación de la biodiversidad, así como del análisis de los efectos y sinergias que derivan de la interacción de los excesos de luz con el material particulado y de qué forma se relaciona con otros instrumentos de gestión ambiental como son los PPA y los PDA vigentes.

 

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[1] Kohen, E., Santus, R., & Hirchberg, J. (1995). Photobiology. En E. Kohen, R. Santus, & J. Hirchberg, Photobiology (págs. 3-22;138-139). San Diego, California, EE.UU: Academic pres.
[2] Davies, T. W., Bennie, J., Inge, R., Hmpel, N., & Gaston, K. J. (2013). Artificial light pollution: are shifting spectral signatures. Global Change Biology, 1417-1423.
[3] Saavedra, J., Zuñiga, L., & Navia, C. (2013). Circadian rhythm: the master clock. Alterations involving the state of sleep and wakefulness in the area of healt. Morfolia, 16-35.
[4] Kevin J. Gaston · James P. Duffy · Sian Gaston, J. B. (2014). Human alteration of natural light cycles: causes and ecological consequences. Oecologia, 917–931.
[5] Kevin J. Gaston, J. B. (2013). The ecological impacts of nighttime light. Biological Reviews, 912-927.
[6] Warrant, E., & Jhonsen, S. (2013). Vision and the light. Current Biology.
[7] MacGregor, C. J., Pocok, M. J., Fox, R., & Evans, D. M. (2014). Pollination by nocturnal Lepidoptera, and the effects of a light pollution: review. Ecological Entomology, 21-29.

 

*Las opiniones vertidas en esta sección son personales y no representan al Centro de Derecho Ambiental ni a la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.  

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