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Profesora Pilar Moraga asesora al Senado en la tramitación de la Ley Marco de Cambio Climático

Prof. Moraga asesora al Senado en la tramitación de la Ley Marco de CC

Desde enero de 2020, la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado se encuentra estudiando el Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático (Boletín 13191-12), iniciativa presentada al Congreso por el Ministerio del Medio Ambiente tras la elaboración de un anteproyecto y su sometimiento a consulta durante el año 2019.

Hasta julio de este año –en el marco del primer trámite constitucional en el Senado– tuvieron lugar una serie de audiencias públicas que contaron con exposiciones de representantes de la sociedad civil, del sector privado, del sector público y de la academia. El Centro de Derecho Ambiental participó de estas sesiones a través de las exposiciones e interacciones de las investigadoras Pilar Moraga Sariego, Ana Lya Uriarte Rodríguez y Valentina Durán Medina.

Tras esta fase legislativa inicial y la aquiescencia de la Comisión en julio, el 25 de agosto se aprobó en general y de forma unánime el Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático con 41 votos, abriéndose un periodo para la presentación de indicaciones que se extendió inicialmente hasta el 25 de septiembre y, posteriormente, fue ampliado hasta el 2 de octubre.

Con el objeto de brindar asesoría técnica en el estudio particular de las 847 indicaciones presentadas, el pasado 27 de octubre la Ministra del Medio Ambiente (Carolina Schmidt) propuso a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado el estudio de las indicaciones a través de un trabajo prelegislativo con asesores parlamentarios, asesores del Ministerio del Medio Ambiente y la asesoría técnica de tres representantes de la Universidad de Chile: las Dras. Pilar Moraga (investigadora del Centro de Derecho Ambiental y del (CR)2 y Maisa Rojas (Directora del (CR)2 y Andrea Rudnik (Directora Ejecutiva del (CR)2, quienes acompañarán el estudio técnico y científico de las indicaciones al Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático en la Comisión, en continuación de una serie de reuniones previas en las que participaron también las profesoras Laura Gallardo (CR)2 y Valentina Durán (CDA) por parte de la Universidad de Chile. La propuesta fue aceptada de forma unánime por la Senadora Isabel Allende, la Senadora Ximena Órdenes, el Senador Rafael Prohens, el Senador José Durana y el Senador Alfonso De Urresti (presidente de la Comisión de Medio y Bienes Nacionales).

Indicaciones al objeto y a los principios de la Ley Marco de Cambio Climático

En este contexto, el martes 3 de noviembre comenzó el estudio en particular de las indicaciones con la asistencia de las investigadoras de la Universidad de Chile.

Al inicio de la sesión, la Dra. Maisa Rojas (directora del Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia) explicó la que línea de investigación de Gobernanza e Interfaz Ciencia-Política del (CR)2 a la que pertenece la Dra. Pilar Moraga, tiene como misión proveer evidencia que sea útil para la toma de decisiones. Sobre el papel de la profesora Moraga resaltó que “Pilar Moraga es académica de la Universidad de Chile, también es subdirectora del Centro de Derecho Ambiental (CDA) de la Universidad de Chile y lleva muchos años trabajando en la proposición de una ley, y también lidera el Observatorio de la Ley de Cambio Climático para Chile. Así que llevamos muchos años acompañando el proceso de la ley”.

La primera sesión estuvo destinada a revisar las observaciones realizadas a los títulos sobre el objeto y los principios de la futura Ley Marco de Cambio Climático, en particular el principio científico, el principio costo-efectividad y el principio de equidad.

En cuanto a los principios, el principio científico, ahora dispone que “los instrumentos y las medidas de mitigación o adaptación para enfrentar los efectos adversos del cambio climático, se adoptarán e implementarán sobre la base de la mejor información científica disponible” y el principio costo-efectividad que “la gestión del cambio climático priorizará aquellas medidas que, siendo eficaces para la mitigación y adaptación, sean las que representen menores costos económicos, ambientales y sociales, considerando los costos indirectos de la inacción para la adaptación”.

Sobre la adición de esta última expresión al texto del principio costo-efectividad, la Dra. Pilar Moraga explicó que “el aporte de «los costos indirectos de la inacción» es justamente visibilizar esos costos que no estamos viendo, como, por ejemplo, los costos en materia de salud”. De esta manera “el costo/efectividad tendría que considerar esos costos que muchas veces no estamos hoy en día mirando, que podrían ser costos en salud, por la inacción, o sea, dejar de actuar. El dejar de actuar, puede muchas veces generarnos un costo que no estamos viendo y, específicamente, en materia de adaptación”.

A esto, agregó que “tal como está definido (…) el principio de costo-efectividad (…) establece una primacía de aquellas medidas que sean más eficaces. Y eso es importante tenerlo presente. Eficacia relacionada con la mitigación y con la adaptación y, por ende, con las metas que se fijen en el Proyecto en esas materias, y si existieran alternativas para elegir medidas, para alcanzar esos objetivos, debieran elegirse aquellas que representan menores costos económicos, ambientales y sociales. En ese sentido, me parece que la expresión del costo es bastante completa, pues no se refiere sólo a costos económicos sino que también toma en consideración los aspectos ambientales y sociales, con lo cual, podríamos tener aquí una mirada de sustentabilidad para escoger las medidas que sean más eficaces para estos objetivos que se plantean en el articulado”.

Finalmente, ante las dudas presentadas, explicó que “es importante tener presente que las medidas se van a definir por el sector en los planes sectoriales y, por ende, no va a quedar al arbitrio de los particulares, propiamente, cuáles son las medidas que se adoptan para alcanzar los objetivos de mitigación y de adaptación (…) y aquellos planes contemplan etapas de participación ciudadana, que, de acuerdo con el texto y las indicaciones que se realizaron, es un tema que se ha fortalecido”.

Respecto al principio de equidad (cuyo texto acordado inicialmente proponía que “es deber del Estado procurar una justa asignación de cargas, costos y beneficios, resguardando la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades, con enfoque de género y especial énfasis en sectores, comunidades y ecosistemas vulnerables al cambio climático”) expresó que “hablar de la equidad en los servicios ecosistémicos era una manera de contemplar la equidad territorial. Entonces, de alguna manera, podría estar contemplada en esa redacción que, sin embargo, hay que reconocer no es explícita”. El texto finalmente aprobado agregó la expresión «territorio» en la redacción del artículo.

El objeto de la Ley Marco de Cambio Climático, luego de la discusión, es “hacer frente a los desafíos que presenta el cambio climático; transitar hacia un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero y otros forzantes climáticos, hasta alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto invernadero al 2050, adaptarse al cambio climático, reduciendo la vulnerabilidad y aumentando la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático; y, dar cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos por el Estado de Chile en la materia”.

Al respecto, la Dra. Maisa Rojas comentó que la fecha del 2050 se condice con el Informe especial del IPCC sobre los impactos del calentamiento global de 1,5 ºC y es la manera de lograr el objetivo del Acuerdo de París de “mantener el aumento de la temperatura media mundial muy por debajo de 2 ºC con respecto a los niveles preindustriales, y proseguir los esfuerzos para limitar ese aumento de la temperatura a 1,5 ºC con respecto a los niveles preindustriales, reconociendo que ello reduciría considerablemente los riesgos y los efectos del cambio climático” (artículo 2.a). Además, explicó que no existe inconveniente con alcanzar la meta antes del 2050 a través de las actualizaciones de la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC).

La próxima sesión comenzará con el estudio de las indicaciones al principio precautorio y con la propuesta de un nuevo principio preventivo.

Observatorio de la Ley Marco de Cambio Climático

El Observatorio de la Ley de Cambio Climático para Chile es un proyecto conjunto del Centro de Derecho Ambiental y el Centro de Ciencia del Clima y la Resiliencia (CR)2 que nació con el objetivo de contribuir a la transparencia del proceso legislativo, aportar con conceptos para disminuir las brechas de comunicación y proponer análisis críticos para la discusión democrática. Esta iniciativa ofrece una perspectiva académica, en conexión con los distintos actores del sector público, privado y de la sociedad civil.

La iniciativa dirigida por la Dra. Pilar Moraga Sariego cuenta con una sección de seguimiento de la Ley Marco de Cambio Climático y con diversos documentos de investigación y extensión relacionados. Dentro de estos instrumentos destaca el apartado de leyes de cambio climático en el mundo, 9 cápsulas climáticas y la sección de documentos de investigación. Esta última contiene 25 policy briefs, 7 fichas temáticas y 8 informes.