El profesor Miguel González Lemus defendió con éxito – con la máxima distinción- su tesis doctoral en la Universidad Carlos III de Madrid, en el marco del programa de Doctorado en Estudios Avanzados en Derechos Humanos.
La tesis del Director de la Escuela de Pregrado de nuestra Facultad y académico del Departamento de Ciencias del Derecho se tituló “Fundamentos teóricos para una dialéctica jurisprudencial interamericana” y fue dirigida por el Dr. Javier Ansuátegui Roig.
El tribunal a cargo de la evaluación estuvo compuesto por el Dr. Rafael De Asís Roig (Catedrático de la Universidad Carlos III de Madrid), Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor (Profesor Titular de la Universidad Nacional Autónoma de México), y la Dra. Cristina García Pascual (Catedrática de la Universidad de Valencia).
La tesis del profesor González propone una fundamentación teórica para explicar y justificar los vínculos argumentativos e interpretativos que pueden establecerse entre la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los jueces nacionales de los Estados partes de la Convención Americana, representados particularmente por Tribunales Supremos y Tribunales o Cortes Constitucionales. La tesis fue evaluada con la máxima calificación (sobresaliente), con la mención Cum Laude.
La investigación se construye desde la dogmática jurídica y la teoría del Derecho. Para estos efectos, la tesis se estructura en dos partes con tres capítulos cada una. La primera Parte se denomina “Contexto, concepto y razones del diálogo judicial interamericano”, mientras que la segunda parte, a su vez, se titula “El paso a la Teoría del Derecho”.
El capítulo primero examina el contexto histórico, jurídico y político que posibilita la articulación de vínculos argumentativos e interpretativos entre jueces de diversas jurisdicciones y, en particular, entre las judicaturas internas de los Estados partes de la Convención Americana y la judicatura de San José. El siguiente capítulo revisa los aspectos conceptuales de la idea de “diálogo judicial” e identifica sus características distintivas en función del vínculo que puede establecerse entre la Corte Interamericana y los jueces nacionales, pertenecientes a jurisdicciones supremas y constitucionales.
Por su parte, el capítulo tercero estudia los fundamentos jurídicos y los cauces procesales que avalan la articulación de vínculos argumentativos e interpretativos entre la Corte IDH y los jueces nacionales de América Latina.
La segunda parte del trabajo comienza con el capítulo cuarto, que sitúa la discusión en el lenguaje de la teoría del Derecho con el propósito de plantear un ascenso justificatorio en la investigación del diálogo judicial interamericano. De conformidad con este propósito, se analizan diversas teorías jurídicas –insertas en el constitucionalismo contemporáneo– a fin de identificar una concepción que sea próxima y atingente al diálogo judicial, y que pueda ser utilizada como respaldo teórico para el objeto de la investigación.
El capítulo que sigue propone un marco teórico de referencia, sobre cuyas bases pueda construirse una justificación teórica de una dialéctica jurisprudencial aplicable a las judicaturas que integran el sistema interamericano de derechos humanos. Este marco es elaborado desde la filosofía jurídica de Ronald Dworkin. El capítulo sexto y final tiene por finalidad aplicar los presupuestos teóricos expuestos en el capítulo precedente, presentando una fundamentación teórica de la dialéctica jurisprudencial interamericana desde el enfoque argumentativo de la filosofía jurídica de Dworkin y, en particular, desde su metáfora de la actividad judicial como una novela en cadena.
Por último, los principales resultados de la investigación son expuestos en un capítulo final de conclusiones.