El Proyecto Vigía, iniciativa adscrita al Departamento de Derecho Privado, organizó un seminario de jurisprudencia que reunió diferentes posturas en torno a un reciente fallo de la Corte Suprema. La actividad se efectuó en la Sala Matilde Brandau y se tituló "Tendencias jurisprudenciales: interrupción de la prescripción".
El fallo en discusión fue dictado por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, de fecha 16 de mayo del presente año, y con la actividad se buscaba zanjar la controversia sobre el momento exacto en el que se entendía interrumpirse la prescripción, existiendo dos principales posturas sobre la materia: por un lado, que se interrumpe la prescripción con la notificación de la demanda en cuestión, tesis sostenida por el profesor Carlos Pizarro Wilson (Universidad de Chile), comentarista de la actividad.
Mientras que por otro lado, la tesis que sostiene que bastaría la presentación de la demanda, para que se entienda interrumpida la prescripción, fue defendida por la comentarista de esta actividad, la profesora Paulina Manosalva (Universidad Autónoma de Chile), quien sostuvo que el fundamento de la prescripción extintiva en nuestro ordenamiento jurídico es ser un instrumento de seguridad jurídica, pero también una forma de sancionar al acreedor negligente que durante cierto lapso de tiempo no realizó ninguna acción para proteger sus derechos, por tanto, bastaría a su juicio, con la presentación de la demanda para que se cumpla el requisito de cesar en su inactividad en orden a dar protección a sus derechos.
La profesora Manosalva añadió que es necesaria la notificación de la demanda haría que el plazo dependiese, ya no del acreedor, sino que del receptor judicial, o de otros factores, como la ubicación del demandado, entre otros elementos, que pudiesen hacer injusto hacer responsable al demandante acreedor.
Por su parte el profesor Pizarro, sostuvo que era un fallo que en realidad no lograba resolver la disputa entre cuál de las tesis prevalecían más, ya que se trata de un fallo con varios votos disidentes, por lo que no lograba otorgar certeza sobre la posición de la Corte Suprema en estas materias.
También tuvo comentarios sobre el fallo el profesor Jaime Alcalde, de la Pontificia Universidad Católica de Chile. De la misma manera, el profesor Camilo Santelices, del Departamento de Derecho Privado, entregó detalles de la sentencia junto a una ayudante de investigación del Proyecto Vigía, Fernanda Saavedra.