Noticias

Dr. Jorge Aranda expone sobre gestión ambiental municipal y el Acuerdo de Escazú

Dr. Aranda expone sobre gestión amb. municipal y Acuerdo de Escazú

El viernes 19 de julio, el Dr. Jorge Aranda Ortega participó como invitado en el seminario de invierno “Gestión ambiental municipal y Escazú: Desafíos y oportunidades”, organizado por el Nodo para el Fortalecimiento de la Gobernanza Ambiental Local (NODO-GAL), y llevado a cabo en la Universidad de Santiago.

La segunda mesa plenaria de la actividad contó primeramente con la participación de Gabriel Mendoza, profesional de la División de Educación Ambiental y Participación Ciudadana del Ministerio del Medio Ambiente, quien expuso sobre la relevancia del Acuerdo de Escazú en los gobiernos locales y, en particular, sobre el Plan Nacional de Implementación Participativa del Acuerdo de Escazú 2024-2030 para Chile

Luego de dicha exposición, la instancia siguió con una conversación que contó, además del expositor, con la participación del profesor del Centro de Derecho Ambiental, Dr. Jorge Aranda Ortega, en representación del mundo de la Academia; Sofía Ramírez Fernández, encargada del área de Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente de la Municipalidad de Renca, representando a los Municipios; Fresia Ramírez, comunicadora ambiental, activista por Escazú y protección a defensores integrantes del colectivo Viento Sur y Tomate Rojo, y Presidenta de la Asociación Nacional de Medios Independientes y Comunitarios (ANAMIC), representando la visión de la sociedad civil; y Pamela Santander, docente del Departamento de Ingeniería Geoespacial y Ambiental de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Santiago, como moderadora de la mesa. 

En dicho panel, el académico fue interrogado sobre la forma en que el Acuerdo de Escazú conversa con las distintas normativas ambientales existentes en el país y, en particular, con el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), refiriéndose en su respuesta a la similitud del Acuerdo con algunos contenidos que ya tenía la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y que sirvió en buena parte de inspiración para la creación y redacción del Acuerdo, haciendo la salvedad de que el problema en Chile no es la falta de normativa, sino que dice relación con la asistencia jurídico-técnica desde el punto de vista estrictamente legal a las comunidades. En este sentido, agregó que desde el punto de vista legal existen las herramientas, hay una arquitectura institucional, pero resulta que no se implementa de forma práctica, porque falta la asistencia judicial y el fortalecimiento de capacidades en concreto de la ciudadanía.

Asimismo, en cuanto a la gestión ambiental de las Municipalidades, señaló que no ve deseable dejar la protección del Medio Ambiente a los gobiernos locales, y se refirió a la facultad de impugnar sus actos administrativos en virtud del artículo 151 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y del eventual proceso judicial que se podría iniciar en caso de una negativa o falta de respuesta por parte del Alcalde ante la impugnación.