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Registro de marcas:examinan proyecto que contempla caducidad

Registro de marcas:examinan proyecto que contempla caducidad

El anteproyecto de ley sobre propiedad industrial, que se enmarca en la agenda de impulso competitivo que lleva adelante el Gobierno, tiene como uno de sus temas centrales la modernización de aspectos de propiedad industrial, como el registro y caducidad de las marcas; coincidieron expertos durante un seminario sobre la materia organizado por el Centro de Derecho de Estudios en Derecho Informático (CEDI) de la Facultad.

Los profesionales analizaron los cambios y alcances que esta nueva normativa generaría en el sistema de registro de marcas, al establecer el uso efectivo de éstas para su vigencia o, de lo contrario, su caducidad. Aunque habrían excepciones si el no uso fuese externo a la voluntad de quien ostenta el registro, entre otras disposiciones.

La idea, señaló Maximiliano Santa Cruz, director del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), entidad coorganizadora del seminario, es evitar el registro excesivo y especulativo de marcas que atenten contra la libre competencia. De esta forma se persigue que el registro vaya en concordancia con las características del mercado.

Marcos Morales, académico y director de marcas y patentes de Alessandri y Compañía, sostuvo que se justifica la caducidad de la marca por falta de uso, porque si su una de sus funciones es la distinción del producto o servicio que representa, eso necesariamente supone uso. Advirtió, no obstante, que el debate que está por venir es si primará la retroactividad de la ley en materia de caducidad, y con ello las nuevas disposiciones al respecto, o la Constitución.

Uso y distintividad

Parta Marino Porzio, ex director general adjunto de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) actual árbitro de la misma, de la Cámara de Comercio de Santiago y de la OMC, sostuvo que este anteproyecto una vez que se convierta en ley estará poniendo al día al país en materia de uso marcario. Al igual que los otros expositores, sostuvo que la marca nace con el requisito de uso, y abordó las disposiciones existentes en otros países que exigen el uso efectivo al momento de registrar o renovar una marca.

Por su parte, el profesor de Derecho U. de Chile y experto en materia de Propiedad Industrial, Rodrigo Cooper, abordó la pérdida de distintividad de una marca como razón para su caducidad. En este sentido, puso énfasis en este atributo para la vigencia del nombre por el que se reconoce un producto o servicio. Así, cuando una marca ha sido convertida en sinónimo de algo genérico, se use o no, debe ser caducada. Por eso, las empresas deben ser proactivas a la hora de proteger su marca, sentenció.

Estos análisis, junto a los de Alfredo Montaner, socio de Sargent & Krahn, quien expuso sobre la visión restrictiva del derecho de registro de una marca; y de Martín Michaus, ex presidente de la Asociación mexicana para la protección de la propiedad intelectual, quien abordó la situación de México sobre la temática; fueron parte de seminario de caducidad marcaria organizado por el CEDI e INAPI.