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Debaten sobre los criterios que deben guiar el control constitucional de los tratados

Debaten sobre criterios guías del control constitucional de tratados

Visiones diametralmente opuestas respecto a los criterios que deben definir el control constitucional de los tratados defienden los profesores Claudio Troncoso y Teodoro Ribera, académicos de los departamentos de Derecho Internacional y Derecho Público, respectivamente. Ambos expusieron sus ideas en un seminario sobre la materia.

A juicio del profesor Troncoso, los tratados no son asimilables a las leyes, pues si bien la Constitución expresamente establece que se someterán, en lo pertinente a su tramitación, al proceso de formación de una ley; se les reconoce su naturaleza de tratados.

Las disposiciones de un tratado, continúa el académico, apoyándose en el artículo 54 de la Constitución, serán derogadas, modificadas o suspendidas de acuerdo a lo que dice el propio tratado o las reglas generales del Derecho Internacional, y de ninguna otra forma.

Es por ello que, insiste, el control constitucional de los tratados debiese operar antes que se suscriban o que el país manifieste su consentimiento. De esta manera se cumple, en su concepto, con las obligaciones internacionales de Chile.

Jerarquía de los tratados

El profesor Ribera, en cambio, sostiene que el criterio debe guiarse por la "jerarquía" que se le asignan a los tratados en relación a la legislación interna, lo que a su entender es la misma que la de una ley.

Así, explica que por la evolución que ha experimentado el Derecho Internacional Público, hoy en día no se puede hablar de dos órdenes jurídicos distintos que no se topan, como lo sostenía la Teoría Monista.

El Derecho Internacional Público es fuente de las legislaciones nacionales, las permea. Un ejemplo de ello es que las personas pueden acceder cada vez más a instancias internacionales si ven vulnerados sus derechos, o a sistemas jurídicos supranacionales, como el Derecho de la Unión Europea, afirma.

Pero no todo fue contrapunto en las exposiciones. Ambos académicos coincidieron que se debe profundizar el trabajo preventivo del Congreso, por una parte, y de la Cancillería, por otra, para no analizar después si los acuerdos que suscribe Chile se ajustan o no a la Constitución.

El decano Luis Ortiz y el director del Departamento de Derecho Internacional, Mario Ramírez, por su parte, destacaron el valor y la visión de discutir un tema sobre el cual surgen "dudas razonables" respecto a su tratamiento constitucional.