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Delincuencia:

Con criterios contrapuestos académicos se pronuncian por críticas a jueces

Con criterios contrapuestos se pronuncian por críticas a jueces

En los últimos días los medios de comunicación han dado a conocer una serie de delitos  que han puesto en el tapete el trabajo de los jueces y las características de la Reforma Procesal Penal para combatir la delincuencia. Más allá de las críticas, académicos de Derecho U. de Chile entregan su visión jurídica.

Para el director del Departamento de Derecho Procesal, Cristián Maturana, "la pregunta que debe contestarse cuando se ataca a los jueces de garantía es muy simple: ¿Quien le pone el límite a la acción del Estado en contra de los derechos de las personas, y específicamente, respecto de su bien más sagrado como es la libertad?".

El profesor agrega que "si pretendemos que no exista nunca ese límite, no estaríamos en presencia de un Estado de Derecho". Además, afirma, "no se ha hecho ningún estudio serio para que se puedan efectuar afirmaciones que critiquen en forma masiva y genérica el criterio de los jueces de garantía".

Ante las críticas al actuar de los jueces, el académico acota que se debe tener en cuenta la existencia de algunos principios jurídicos básicos, como son la presunción de inocencia del imputado hasta su condena y que la regla general no es la prisión preventiva, sino que la libertad del imputado durante el proceso penal, dice.

Una visión distinta tiene el director del Departamento de Ciencias Penales, Vivian Bullemore. Para él, los jueces son apegados a la letra de la ley y abandonan el sentido común. Además, añade, la formación dogmática que reciben los operadores del nuevo sistema penal (fiscales, defensores, jueces de garantía y jueces orales) está basada en el llamado principio garantista.

Entre los postulados de dicho principio figuran el denominado derecho penal mínimo y la idea de la prevención especial positiva, "la cual postula a la aplicación de penas mínimas de privación de libertad, siempre y cuando previamente se logre la corrección del infractor", plantea.

No obstante, "la víctima en estos tiempos no esta siendo objeto de estudios dogmáticos o políticos", indica el profesor Bullemore.