Género
Materia | Descripción | Fecha | Sentencia |
Rendición de cuentas - sociedad conyugal | El 15° Juzgado Civil de Santiago (Rol C-2158-2022) rechazó la demanda del marido casado en sociedad conyugal en contra de su cónyuge, en donde se solicitaba que la mujer rindiera cuenta por la administración de los bienes comunes de la sociedad conyugal tras la separación de hecho. El tribunal de primera instancia concluye que el actor no acreditó la existencia de una obligación legal o contractual de rendir cuentas por parte de la demandada, ni tampoco la configuraron de los supuestos legales que habilitan a la mujer a administrar la sociedad conyugal. La parte demandante apeló a la decisión y la Corte de Apelaciones de Santiago, en sentencia dictada con fecha 4 de marzo de 2025, la confirmó (Rol N°16379-2022). En contra de dicha sentencia, la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. La Excelentísima Corte Suprema rechazó dicho recurso por contener hechos diversos de los que tuvieron por asentados (Rol N°10454-2025). | 02/06/2025 | |
Prisión preventiva mujer con lactante | En sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, se desestimó el recurso de apelación y se confirmó la prisión preventiva decretada respecto de una imputada formalizada como autora de los delitos de tráfico de sustancias estupefacientes e infracción al artículo 304 del Código Penal (ingreso no autorizado de elementos tecnológicos a un recinto penitenciario). Frente a esto su defensa dedujo acción constitucional de amparo ante la Corte de Apelaciones, la cual declara inadmisible el recurso, ya que significaría una revisión impropia de lo actuado por otro tribunal superior y de igual jerarquía. La defensa de la imputada apela a dicha decisión y la Corte Suprema acoge el recurso de amparo, decretando a su respecto las medidas cautelares de privación de libertad total domiciliaria y arraigo nacional. Señala que mantener a la amparada en un recinto carcelario puede generar graves perjuicios para el desarrollo y vida futura de su hijo. | 29/05/2025 | Descarga aquí |